Administración Nacional de Educación Pública

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La Administración Nacional de Educación Pública de Uruguay es el organismo estatal responsable de la planificación, gestión y administración del sistema educativo público en sus niveles de enseñanza inicial, primaria, secundaria, técnica y también en la formación docente en todo el territorio uruguayo.

Administración Nacional de Educación Pública



Edificio de la Administración Nacional de Educación Pública y del Consejo Directivo Central
Localización
País Uruguay
Información general
Sigla A N E P
Jurisdicción Uruguay
Tipo Ente autónomo
Sede Bandera de Uruguay Uruguay
Avenida del Libertador 1409, Montevideo
Sistema Enseñanza pública
Organización
Dirección Virginia Cáceres
Órgano superior Consejo Directivo Central
Composición Dirección General de Educación Inicial y Primaria, Consejo de Educación Secundaria, Consejo de Formación en Educación, Dirección General de Educación Técnico Profesional y Consejo Directivo Central
Historia
Fundación 28 de marzo de 1985 (39 años)
ANEP

Historia

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Es creada el 28 de marzo de 1985 mediante la Ley de Educación 15.739 la que en su Capítulo II establece :

"Artículo 5: Créase la Administración Nacional de Educación Pública, Ente Autónomo con personería jurídica que funcionará de acuerdo con las normas pertinentes de la Constitución y de esta ley."[1]

Cometidos y atribuciones

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Tiene a su cargo la administración de la educación pública y el control de la educación privada en todos los niveles antes mencionados y —al igual que la Universidad de la República, que es la encargada de la educación universitaria estatal— tiene el carácter de un ente autónomo.

Está regida por el Consejo Directivo Central, que está integrado por cinco miembros y es el órgano jerárquico del cual dependen el Consejo de Educación Inicial Primaria, el Consejo de Educación Secundaria, el Consejo de Educación Técnico Profesional y el Consejo de Formación en Educación, creado por la nueva Ley de Educación.

A diferencia de la experiencia de muchos otros países, la Constitución le otorga a la organización del sistema educativo público el principio de autonomía —en el ámbito de su especialidad orgánica— a los entes de la enseñanza con respecto al Poder Ejecutivo. Este es un principio de autonomía técnica y administrativa aunque no financiera, uno de sus rasgos más distintivos.

SECCIÓN XI
DE LOS ENTES AUTÓNOMOS Y DE LOS SERVICIOS DESCENTRALIZADOS

[...]
CAPÍTULO II

Artículo 202. La Enseñanza Pública Superior, Secundaria, Primaria, Normal, Industrial y Artística, serán regidas por uno o más Consejos Directivos Autónomos.

Los demás servicios docentes del Estado, también estarán a cargo de Consejos Directivos Autónomos, cuando la ley lo determine por dos tercios de votos del total de componentes de cada Cámara.

Los Entes de Enseñanza Pública serán oídos, con fines de asesoramiento, en la elaboración de las leyes relativas a sus servicios, por las Comisiones Parlamentarias. Cada Cámara podrá fijar plazos para que aquéllos se expidan.

La ley dispondrá la coordinación de la enseñanza.

Artículo 203. Los Consejos Directivos de los servicios docentes serán designados o electos en la forma que establezca la ley sancionada por la mayoría absoluta de votos del total de componentes de cada Cámara.

El Consejo Directivo de la Universidad de la República será designado por los órganos que la integran, y los Consejos de sus órganos serán electos por docentes, estudiantes y egresados, conforme a lo que establezca la ley sancionada por la mayoría determinada en el inciso anterior.

Estructura administrativa

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En su organigrama, la ANEP está constituida por siete direcciones sectoriales:

  • Dirección Sectorial Económico Financiera
  • Dirección Sectorial de Educación de Adultos
  • Dirección Sectorial de Infraestructura
  • Dirección Sectorial de Planificación Educativa
  • Dirección Sectorial lde Recursos Humanos
  • Dirección Sectorial de Programación y Presupuesto
  • Dirección de Derechos Humanos

Las Secretarías son tres: Secretaría General, Secretaría Administrativa y Secretaría de Relaciones Públicas.

La Administración Nacional de Educación es el marco donde se desarrollan numerosos proyectos centrales que incluyen a todos los consejos que la integran. Un ejemplo son los programas de impulso a la inclusión académica ProRazona (Programa de Fortalecimiento del Razonamiento Lógico Matemático) y ProLee (Programa de Lectura y Escritura en Español).

De acuerdo a la Ley General de Educación N.o 18 437, de 12 de diciembre de 2008, dicha administración integra la Comisión Coordinadora de la Educación, organismo consultivo con sede en el Ministerio de Educación y Cultura, que fue instituido por la Constitución de la República a efectos de «proyectar las directivas generales de la política educacional del país». Esta vía institucional es un nexo coordinador entre los entes autónomos de la enseñanza, el Poder Ejecutivo y el sistema educativo privado habilitado. La Administración Nacional de Educación Pública recauda un tributo anual, el Impuesto de Enseñanza Primaria.

Autoridades

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Desde 1985 a 1990, el presidente fue Juan Pivel Devoto.

Desde 1995 a 2000 el presidente fue Germán Rama.

Desde 2000 a 2005 el presidente fue Javier Bonilla.

Desde 2005 a 2010 presidente fue Luis Yarzábal.

Desde 2010 a 2015 su presidente fue José Seoane (2010-2012) y Wilson Netto.

Dese marzo de 2020 a octubre de 2023 el cargo fue ocupado por el abogado y político Robert Silva. Desde noviembre de 2023 se convierte en la primera mujer en ocupar el puesto la abogada y funcionaria Virginia Cáceres.[3]

Véase también

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Referencias

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  1. «Ley de Educación». Ley de Educación 15739. Consultado el 19 de enero de 2015. 
  2. Constitución de la República (texto íntegro) Archivado el 29 de marzo de 2015 en Wayback Machine.
  3. ANEP (28 de noviembre de 2023). «Virginia Cáceres es la nueva presidenta de la ANEP». Uruguay. Archivado desde el original el 22 de abril de 2024. Consultado el 22 de abril de 2024. 

Enlaces externos

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