Los derechos de autor han expirado en los EE. UU. si...¹
Fotografías
Usado hace más de 25 años.
Publicado por primera vez en Cuba sin cumplir con las formalidades de derechos de autor de EE. UU. y utilizado en Cuba antes del 20 de febrero de 1972
Obras anónimas (no fotografías)
Usado hace más de 50 años.
Publicado por primera vez en Cuba sin cumplir con las formalidades de derechos de autor de EE. UU. y utilizado en Cuba antes del 20 de febrero de 1947
Obras corporativas y gubernamentales.
Nunca (copyright perpetuo)
Publicado antes de 1929 (hace 95 años)
Todas las demás obras
Han pasado más de 50 años desde el 1 de enero de la muerte del autor
a) Publicado en Cuba sin cumplir con las formalidades de derechos de autor de EE. UU., el autor murió antes de 1947 o b) Publicado antes del 1929 (hace 95 años)
Nota 1: Para que un archivo esté alojado en Wikimedia Commons, debe ser de dominio público tanto en Cuba como en Estados Unidos.
¹ Para que una obra sea de dominio público en los Estados Unidos, sus derechos de autor deben haber expirado en Cuba antes de que Cuba se adhiriera al Convenio de Berna el 20 de febrero de 1997.
Note 2: Sin perjuicio de las condiciones antes establecidas, el Estado de Cuba podrá decidir transferir al Estado los derechos de autor sobre las obras cuando haya vencido el plazo de los derechos de autor para el creador de las mismas, según lo establece el artículo 48º.
{{Information |Description={{en|1=Page 14 - News Cúspide, Volume I at March 15 of 1937}} {{es|1=Página 14 - Revista Cúspide, Volumen Num. I el 15 de Marzo de 1937}} |Source=Revista Cúspide - Marzo de 1937 |Author=Organo del Club Mercedita - Central Me