Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior
El Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior (CGCẼE) es un órgano de carácter consultivo y asesor, adscrito al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a través de la Secretaría de Estado de Migraciones.
Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior | ||
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Localización | ||
País | España | |
Información general | ||
Sigla | CGCẼE | |
Tipo | Órgano colegiado de carácter consultivo y asesor | |
Sede |
C/ José Abascal 39, 28003 Madrid | |
Organización | ||
Presidencia | Violeta Alonso Peláez | |
Depende de | Secretaría de Estado de Migraciones | |
Entidad superior | Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones | |
Historia | ||
Fundación | 30 de octubre de 1987 (37 años) | |
Sitio web oficial | ||
Atribuciones
editarSon atribuciones del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior las siguientes:[1]
- Llevar a cabo o solicitar la realización de estudios sobre cuestiones y problemas que afecten a la ciudadanía española en el exterior.
- Formular propuestas y recomendaciones en relación con los objetivos y aplicación de los principios inspiradores de la política de atención a la ciudadanía española en el exterior.
- Ser informado de la actuación de los órganos de la Administración competentes en materia de atención a la ciudadanía española en el exterior y retornados.
- Conocer e informar, con carácter previo, Anteproyectos de Ley y Proyectos de Reales Decretos y de Órdenes relativos a las siguientes materias, en el ámbito de su competencia: derechos civiles, derechos laborales y protección social, educativa y cultural, siempre que los mismos afecten directamente a los españoles en el exterior.
- Aprobar el Reglamento de funcionamiento del propio Consejo.
Relaciones institucionales
editarEl Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior solicita anualmente audiencia a las Comisiones competentes de las Cortes Generales para informar sobre la situación de la ciudadanía española en el exterior.
Colabora con los órganos de participación de españoles en el exterior existentes en las Comunidades Autónomas.
Las propuestas, recomendaciones, informes o acuerdos que el Consejo eleve al Gobierno son remitidos a través del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Composición
editarA la cabeza del Consejo se encuentra el presidente, propuesto libremente por el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y ratificado por votación secreta del Pleno del Consejo.
Cuenta además con dos vicepresidentes:
- Vicepresidente primero: el titular de la Secretaría de Estado de Migraciones.
- Vicepresidente segundo: el titular de la Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Exteriores.
Es secretario del Consejo el titular de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno.
El resto del Consejo está compuesto por:
- Un máximo de 43 consejeros electos por los Consejos de Residentes Españoles, hasta un máximo de 43, con la distribución que determina el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, de forma proporcional al número de españoles inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) de cada país, según los últimos datos publicados en Internet por la Oficina del Censo Electoral. Además de los consejeros titulares, se eligen en cada uno de los países un número igual de consejeros suplentes.
- 8 consejeros designados (o un número de ellos que no supere el 20% del total de consejeros electos), de los cuales al menos 2 corresponden a federaciones de asociaciones de jóvenes y/o de mujeres. Todos ellos lo son a propuesta de las federaciones de asociaciones de españoles del exterior que acrediten su representatividad, y en función de criterios establecidos.
- 8 consejeros sindicales y patronales, en representación de las principales organizaciones de trabajadores y de empresarios.[2]
- Consejeros regionales en representación de cada una de las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla que lo deseen.
- Consejeros de la Administración (directores generales) en representación de cada uno de los ministerios siguientes: Justicia, Economía, Comercio y Empresa, Interior, Educación, Formación Profesional y Deportes, Sanidad, Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Igualdad, Ciencia, Innovación y Universidades
Denominaciones del Consejo
editarA lo largo de la Historia este órgano ha recibido las denominaciones de:
- Consejo General de la Emigración, CGE (1987 - 2006)
- Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior, CGCEE (2006 - actualidad)
Historia
editarEl 5 de octubre de 2012, cuatro días después de ser proclamado presidente del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior a propuesta de la ministra Fátima Báñez, el 'popular' José Manuel Castelao Bragaña tuvo que presentar su dimisión tras sus polémicas declaraciones "las leyes son como las mujeres, están para violarlas",[3] realizadas durante la reunión de una comisión del órgano.
Quedan pendientes otras polémicas del tipo de:
- Exclusión tanto del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior y como de los Consejos de Residentes Españoles en el Extranjero de la Organización del Servicio Exterior del Estado conforme a la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado pese a las funciones que les otorga el Real Decreto 1960/2009, de 18 de diciembre, por el que se regulan los Consejos de Residentes Españoles en el Extranjero: «Los Consejos de Residentes Españoles son órganos de carácter consultivo y asesor, adscritos a las oficinas consulares de España, cuya composición, elección y régimen de funcionamiento se regulan en este real decreto[4] y las disposiciones normativas de desarrollo».
- Sustitución de la representación municipal por los Consejos de Residentes Españoles como representación de la "administración cercana".[5]
- Ausencia de los Consejos de Residentes Españoles de la FEMP - Federación Española de Municipios y Provincias.
- La ausencia de consejeros en el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior de algunos países en los que no se ha convocado a la constitución de Consejos de Residentes Españoles en el Extranjero.
- Frente a los 700 electores mínimos que establecía el Real Decreto 1339/1987[6], de 30 de octubre, sobre cauces de participación institucional de los españoles residentes en el extranjero, el actual Real Decreto 1960/2009[7], de 18 de diciembre, por el que se regulan los Consejos de Residentes Españoles en el Extranjero, establece un mínimo de 1.200 electores. Hay países en los que se supera ese límite para la representación, pero por contar con varias demarcaciones consulares dentro del territorio, se restringe la participación[8] por la dispersión. Es el caso, por ejemplo de Guinea Ecuatorial, en donde a 1 de marzo de 2023, el CERA incluye a 1.622 ciudadanos con derecho a voto, pero al estar repartidos entre la demarcación de Malabo, con 1.003, y los 519 en Bata, quedan excluidos de las convocatorias al Consejo de Residentes Españoles.
Lista de presidentes
editarMandato | Inicio | Final | Nombre | Partido |
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I | 1990 | 1992 | Seguismundo Crespo | PSOE |
I | 1992 | 1994 | Pedro López Lagares | PSOE |
II | 1994 | 1998 | José Luis Rodríguez Pardo † | PSOE |
III | 1998 | 2002 | José Manuel Castelao Bragaña | PP |
IV | 2003 | 2005 | José Manuel Castelao Bragaña | PP |
IV | 2005 | 2007 | Francisco Ruiz Vázquez | PSOE |
V | 2007 | 2012 | Francisco Ruiz Vázquez | PSOE |
VI | 2012 | 2012 | José Manuel Castelao Bragaña (5 días) | PP |
VI | 2013 | 2017 | Eduardo Dizy Sánchez | PP |
VII | 2017 | 2021 | Eduardo Dizy Sánchez | PP |
VIII | 2022 | Violeta Alonso Peláez |
Referencias
editar- ↑ Ministerio de la Presidencia (16 de febrero de 2008). «Real Decreto 230/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior.». www.boe.es. Consultado el 8 de diciembre de 2023.
- ↑ En coherencia con la el artículo 14 de la Ley 40/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la ciudadanía española en el exterior: «1. Los sindicatos y organizaciones empresariales participarán en aquellas materias que afecten a la representación y defensa de los intereses de los emigrantes y retornados. 2. Los sindicatos y las organizaciones empresariales participarán en los órganos de representación de la emigración en la forma que reglamentariamente se determine.»
- ↑ «"Las leyes son como las mujeres, están para violarlas"». El País. Consultado el 5 de octubre de 2012.
- ↑ Artículo 4 Funciones: «Respetando en toda su integridad las funciones y atribuciones del jefe de la oficina consular, las disposiciones del derecho interno del país de residencia y el derecho internacional convencional o consuetudinario, los Consejos de Residentes Españoles, respecto de las materias enumeradas en el artículo 3, tendrán las siguientes funciones: a) Ser cauce de comunicación entre las comunidades de españoles en el exterior y las correspondientes oficinas consulares. b) Debatir y proponer a las oficinas consulares las medidas relacionadas con su función consular que contribuyan a mejorarla en el ámbito de su circunscripción. c) Asesorar e informar a la oficina consular en los asuntos que afecten a la comunidad española. d) Difundir entre la comunidad española las medidas adoptadas por las administraciones públicas en aquellos temas que afecten a los españoles residentes en la circunscripción. e) Cooperar con la oficina consular o con otras instituciones españolas o locales para dar mayor carácter institucional a aquellas actividades que se desarrollen en beneficio de los españoles. f) Colaborar con la oficina consular en los procesos electorales de los propios Consejos de Residentes Españoles. g) Participar, en la forma que reglamentariamente se establezca, en el procedimiento de concesión de ayudas y subvenciones establecidas a favor de los españoles en el exterior.»
- ↑ ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS Articulo 1. «La Federación Española de Municipios y Provincias es una Asociación constituida por los Municipios, Islas, Provincias y otros Entes Locales que voluntariamente lo decidan. »
- ↑ Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno (2 de noviembre de 1987), Real Decreto 1339/1987, de 30 de octubre, sobre cauces de participación institucional de los españoles residentes en el extranjero (Real Decreto 1339/1987), pp. 32663-32664, consultado el 5 de julio de 2023.
- ↑ Ministerio de la Presidencia (2 de enero de 2010), Real Decreto 1960/2009, de 18 de diciembre, por el que se regulan los Consejos de Residentes Españoles en el Extranjero (Real Decreto 1960/2009), pp. 137-141, consultado el 5 de julio de 2023.
- ↑ Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación (9 de agosto de 2010), Orden AEC/2172/2010, de 13 de julio, por la que se regulan la constitución, elección y funcionamiento de los Consejos de Residentes Españoles en el Exterior (Orden AEC/2172/2010), pp. 69434-69443, consultado el 5 de julio de 2023.
Enlaces externos
editar- El contenido de este artículo incorpora material publicado en el Boletín Oficial del Estado, que se encuentra en el dominio público de conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Propiedad Intelectual española
- Portal de la Ciudadanía Española en el Exterior
- Ley 40/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la ciudadanía española en el exterior en el BOE
- CEXT: Portal de los jóvenes españoles en el exterior