Un Corredor público en México es un abogado habilitado por el Poder Ejecutivo Federal mexicano, a través de la Secretaría de Economía y que auxilia al comercio, siendo en esencia un mediador que además funge como perito valuador de todo tipo de bienes, asesor jurídico, árbitro y fedatario público.

Funciones

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La responsabilidad institucional confiada del corredor público es garantizar la seguridad y certeza jurídica con su actuación, ejerciendo un control de legalidad en las transacciones comerciales y otras materias de competencia federal, brindando con ello un asesoramiento profesional e imparcial con la obligación de guardar el secreto profesional que le impone la Ley, lo que representa un elemento de confianza para quienes utilizan sus servicios; de acuerdo a la Ley su actuación se circunscribe a lo siguiente:[1][2][3][4][5]

  • Agente mediador: Transmite e intercambia propuestas entre dos o más partes y asesora en la celebración o ajuste de cualquier contrato o convenio de naturaleza mercantil.
  • Perito valuador: Estima, cuantifica y valora los bienes, servicios, derechos y obligaciones que se sometan a su consideración, por nombramiento privado o por mandato de autoridad competente.
  • Asesor jurídico: Asesora jurídicamente a los comerciantes en las actividades propias del comercio, con un alto sentido de responsabilidad y ética profesional.
  • Árbitro: Actúa a solicitud de las partes, en la solución de controversias derivadas de actos, contratos o convenios de naturaleza mercantil, así como las que resulten entre proveedores y consumidores, brindando solución a los conflictos comerciales mediante un proceso rápido, económico y equitativo.
  • Fedatario público: Actúa como fedatario público para hacer constar los contratos, convenios y actos jurídicos de naturaleza mercantil, excepto tratándose de inmuebles, así como en la emisión de obligaciones y otros títulos valor; en hipotecas sobre buques, navíos y aeronaves que se celebren ante él, así como para hacer constar los hechos de naturaleza mercantil.

Asimismo, actúa como fedatario en la constitución y en los demás actos previstos por la Ley General de Sociedades Mercantiles, incluso aquellos en los que se haga constar la representación orgánica.

Diferencia entre Corredor Público y Notario Público

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[1][5]

Funciones

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Fedatario Público

Perito Valuador Mediador Comercial Árbitro Comercial Asesor Jurídico

Fedatario Público

Asesor Jurídico

Ámbito de Competencia

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Estatal en Fe Pública

Federal en todas sus demás funciones Puede actuar solo en cuestiones Mercantiles

En el Distrito Judicial que corresponda en Fe Pública

Puede actuar en cuestiones Mercantiles y Civiles

Facultades

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Otorgadas por el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Economía Otorgadas por el Ejecutivo Estatal por el Gobernador del Estado

Sociedades

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Puede actuar solo en Sociedades Mercantiles (S.A., S. de R.L., etc.)y Agrarias

Puede otorgar poderes de representación Orgánica en Sociedades Mercantiles y Agrarias Puede formalizar toda clase de asambleas de Sociedades Mercantiles y Agrarias

Puede actuar en toda clase de Sociedades Mercantiles o Civiles

Puede otorgar poderes de representación Orgánica en Sociedades Mercantiles, Civiles y Agrarias Puede formalizar toda clase de asambleas de Sociedades Mercantiles, Civiles y Agrarias

Inmuebles

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No puede escriturar inmuebles

Puede actuar en créditos Refaccionarios o de Habilitación con garantía sobre inmuebles

Puede escriturar inmuebles

Materia Civil

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No pueden actuar en materia civil Pueden actuar en materia civil (testamentos, arrendamiento, poderes entre particulares, sociedades civiles como S.C. o A.C.)

Restricciones

No pueden litigar

No pueden actuar cuando se trate de asuntos donde intervengan sus parientes cercanos

No pueden litigar

No pueden actuar cuando se trate de asuntos donde intervengan sus parientes cercanos

Fe Pública

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Posee Fe Pública y sus instrumentos hacen prueba plena

Puede expedir copias certificadas Puede ratificar Contratos Mercantiles

Posee Fe Pública y sus instrumentos hacen prueba plena

Puede expedir copias certificadas Puede ratificar toda clase de Contratos

Ley que los regula

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Ley Federal de Correduría Pública y su Reglamento Ley del Notariado Estatal

Honorarios

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Se pueden fijar libremente con el cliente en virtud de que no existe un arancel Existe un arancel ya establecido

Referencias

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  1. a b http://www.correduria-publica.com
  2. https://web.archive.org/web/20020805160046/http://www.correduriapublica.org.mx/
  3. Ley Federal de Correduría Pública
  4. Reglamento de la Ley Federal de Correduría Pública
  5. a b http://www.peritosvaluadores.mx