Defensor judicial
El defensor judicial, funcionalmente se identifica con el curador, si bien su actuación es de naturaleza ocasional.
Se nombrará un defensor judicial que represente y ampare a los intereses de quienes se hallen en los siguientes supuestos:
- Cuando en algún asunto existan conflicto de intereses entre los menores o incapacitados y sus representantes legales o el curador.
- Cuando por cualquier causa el tutor o el curador no desempeñaren sus funciones.
El defensor judicial tendrá las atribuciones que le haya concedido el Juez al que deberá rendir cuentas de su gestión una vez concluida.