Ley antitabaco de España de 2011

ley española
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La Ley 42/2010, de 30 de diciembre de 2010, por la que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, más conocida como nueva ley antitabaco, entró en vigor el 2 de enero de 2011, como modificación de la anterior ley antitabaco de 2006, y cuyas medidas de mayor repercusión social son la extensión de la prohibición de fumar a cualquier tipo espacio de uso colectivo, local abierto al público, que no esté al aire libre, con una única excepción otorgada a centros de internamiento penitenciario y psiquiátrico y en zonas y habitaciones delimitadas en centros residenciales de mayores. Está ley se verá reforzada con una nueva en 2024, actualmente pendiente de aprobación que incorpora más restricciones en beneficio social. [1]

La modificación legislativa introdujo, entre otros, cambios dirigidos a la lucha contra el tabaquismo (deshabituación tabáquica), a la protección de los ciudadanos —particularmente de los menores— y los no fumadores, especialmente mediante la redacción de sus artículos 12 y 13. Aunque muchos menores de edad consumen tabaco al margen de la ley, lo cual el responsable de la distribución de estos elementos podría ser sancionado al ser el responsable de que un menor tenga acceso al tabaco.

Con respecto a la prohibición de fumar en ciertos espacios públicos, se modifica el artículo 2 de la ley anterior[2]​ delimitando la definición de espacio al aire libre, lo que reduce la ambigüedad existente a este respecto.

Con esta modificación, España pasó a prohibir fumar en espacios al aire libre de centros educativos (excepto universitarios), recintos de centros sanitarios y las zonas acotadas para parques infantiles y zonas de juego para la infancia.[2][3]​ Hasta la entrada en vigor de esta ley, únicamente tenían esta restricción algunos estados de Estados Unidos y Japón, además de Bután, donde está prohibido fumar en toda la nación desde 2004.

Modificaciones incluidas en esta Ley

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Se añade la letra «e)» al artículo 2, cuyo contenido pasa a ser el apartado 1 de dicho artículo, definiendo los espacios de uso público con independencia de su titularidad.

Se añade un nuevo apartado 2 a dicho artículo 2 que establece la definición de espacio al aire libre a efectos de esta ley como «todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos.»[2]​ Considerándose espacios al aire libre los espacios redondos o semicírculo como plazas de toros, algunos bares, restaurantes, cines, teatros y óperas, entre otros.

El artículo 8 de la ley establece la prohibición de fumar en una lista exhaustiva de lugares señalados, además de los definidos en la normativa de las comunidades autónomas.[2]​ El artículo 8 establece la normativa específica sobre las condiciones que deben cumplir las habitaciones de hostelería que pueden estar reservadas a usuarios fumadores.[2]

Clubes privados de fumadores

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La ley contempla en su disposición adicional novena la figura del club privado de fumadores como aquel establecimiento donde se puede consumir tabaco.

Los clubes privados de fumadores legalmente constituidos quedan exentos de aplicar esta ley siempre que ello se realice en el interior de su sede social y mientras en sus instalaciones solamente haya presencia única y exclusiva de socios. Un club privado de fumadores deberá ser una entidad con personalidad jurídica, carecer de ánimo de lucro y excluir de sus actividades y objeto social la comercialización y la compraventa de bienes y productos consumibles. Finalmente, en los clubes privados de fumadores no se permitirá la entrada de menores.[2]

Además, el club privado de fumadores ha de disponer de estatutos y de un censo de socios.[3]

Sanciones

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Según la nueva ley: fumar donde está prohibido se considerará infracción leve. La acumulación de tres infracciones de este tipo se considerará como falta grave. Asimismo se considerará falta grave por parte del titular de un establecimiento: habilitar zonas para fumar donde no esté permitido o permitir fumar en los lugares en los que aplica la prohibición de hacerlo.[2]

En la redacción de la nueva ley se estipula la graduación de las sanciones: las infracciones leves conllevan una multa entre 30 y 600 € (salvo el hecho de fumar en lugares prohibidos, cuya sanción llegará hasta 30 € si la infracción se realiza de forma aislada); las graves conllevan una multa entre 601 y 10 000 €, y las infracciones muy graves, multas desde 10.001 hasta los 600.000 €.[2]

Argumentos

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A favor

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  • Tabaco como problema sanitario: el problema del tabaquismo en España es bastante grave para la salud. Según datos publicados por el Ministerio de Sanidad mueren 50 000 personas al año por ser fumadores,[4]
  • Prácticas de las compañías tabaqueras contra la salud de los jóvenes: reflejan y comentan las actividades de investigación, propaganda, diseño de campañas y financiación que llevan a cabo las compañías tabaqueras para promocionar el consumo del tabaco en España entre los jóvenes y el impacto consecuente en el mantenimiento del tabaquismo entre la población española.[5]
  • Extensión de la prohibición de fumar en el centro de trabajo: la ley anterior ya prohíbe el consumo de tabaco en los centros de trabajo. Se puede argumentar que la ley de 2011 toma en consideración que los bares y restaurantes también son un centro de trabajo, el de los empleados (camareros, personal de limpieza...) que trabajan en él. La ley plantea la posibilidad de fumar en salas habilitadas, en determinados establecimientos con personal empleado, tales como centros psiquiátricos de larga duración y cárceles, pero son en esencia centros de los cuales los internos no pueden salir (o tienen muy restringida la libertad para salir) y que se pueden asimilar a su vivienda habitual.[6]
  • Protección de la salud: la defensa de los derechos individuales a la salud individual y pública, y el derecho de todos los ciudadanos a respirar aire limpio y salubre, libre de polución por sustancias nocivas. Con motivo del malogrado proyecto Eurovegas en Madrid, se muestran argumentos que utilizando pruebas científicas y económicas demuestran que los ambientes totalmente libres de humo son inocuos tanto para el negocio como para la salud de todos sus trabajadores y clientes, sean o no fumadores."[7]

En contra

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  • Pérdidas económicas: el sector hostelero preveía pérdidas por la nueva ley. Por ejemplo, la Federación de Hostelería de Valencia preveía en la segunda semana de enero una posible pérdida del 15% de los clientes y del 10% del consumo [8]​aunque en la valoración posterior no sé observó el perjuicio. [1]
  • Libertades individuales: otro argumento establece la defensa de los derechos individuales y la libertad de empresa. Según este argumento, es el dueño del establecimiento privado quien tiene derecho a decidir si en él se puede fumar o no, al no ser un local público, acogiéndose al derecho de admisión, siendo inexistente el derecho de clientes a entrar en un lugar en el que no son aceptadas aquellas personas que no toleran el uso del tabaco.[9]
  • Prácticas de grupos de presión: desde la promulgación de esta ley, han sido numerosas las voces que han acusado a los grupos de presión (lobbies) farmacéuticos de presionar a los partidos para aprobar leyes más restrictivas contra el tabaco y así, aumentar sus ventas de medicamentos contra el tabaquismo. Desde dentro del CNPT (Comité Nacional para la Prevención del Tabaquismo) acusaron a Francisco Camarelles (Vicepresidente y su cara más mediática) de haberse lucrado ilícitamente de las subvenciones. Con la popularización del cigarrillo electrónico, la polémica saltó al SEPAR (Sociedad Española de Neumología), la primera en oponerse al vapeo, cuando desde su misma página los opositores a la ley antitabaco descubrieron que sus principales patrocinadores eran todos grupos farmacéuticos.[10]
  • Aumento del contrabando: desde la promulgación de dicha ley, las fuentes policiales han alertado de un importante incremento del tabaco de contrabando. Lo que en un principio parecía una bajada de ventas debido a la nueva ley, en 2013 Altadis alertó de que la razón principal era una fuga del mercado legal al mercado negro.[cita requerida] Por otra parte, los críticos contra la ley advierten de un efecto "enfado" o "Ley Seca" ya que muchos fumadores lo hacen como forma de protesta contra el Gobierno; y no solo por las subidas del precio como argumentan los poderes públicos y las asociaciones antitabaco.[11]

Véase también

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Referencias

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  1. a b Pastor-Galán, Marcos. «Ley antitabaco». Tribuna Grupo (Castilla y León). p. Con zuecos y pijama. Consultado el 7 de abril de 2024. 
  2. a b c d e f g h Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco (con modificaciones establecidas posteriormente)
  3. a b La prohibición de fumar se amplía por primera vez a espacios abiertos
  4. Noticia tabaquismo - ABC.es
  5. «Estrategias de las tabaqueras para captar fumadores jóvenes en España: una revisión de los documentos internos»
  6. «La ley antitabaco, en síntesis», José Cavero, 3 de enero de 2011, Europa Press.
  7. «Repercusión del posicionamiento de la Sociedad Española de Epidemiología (SEE) y 12 sociedades científicas federadas en la Sociedad Española de Salud Pública y Adm. Sanitaria (SESPAS) a favor de mantener la actual ley del tabaco y prevenir excepciones regresivas», Sociedad Española de Epidemiología
  8. http://www.levante-emv.com/comunitat-valenciana/2011/01/12/hosteleros-cifran-15-perdida-clientes/772980.html Noticia Sector Hostelería Valencia levante-emv.com
  9. «¿Prohibición del tabaco en los bares? Cuestión de derechos (de propiedad)», Juan Morillo Bentué, Instituto Juan de Mariana
  10. «Página del SEPAR, mecenas y patronos». Archivado desde el original el 11 de agosto de 2015. Consultado el 31 de julio de 2015. 
  11. El Tabaco de Contrabando, un Mercado Sofisticado y al alza

Enlaces externos sobre la ley antitabaco

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