Carondas
Carondas fue un legislador griego del siglo VI a. C. Era discípulo de Pitágoras y se inspiró en las leyes de Zaleuco de Locri para elaborar las leyes de las colonias calcídicas (es decir, fundadas por la ciudad griega de Calcis) en Sicilia y en Italia (Magna Grecia), entre ellas Catania, su ciudad natal siciliana, y Regio. Las escribió en verso, de manera que fuera posible cantarlas en los banquetes y así aprenderlas mejor, como cuenta Hermipo en el sexto libro de su obra Sobre los legisladores.
Carondas | ||
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Información personal | ||
Nacimiento |
600 a. C. Catane (Italia) | |
Fallecimiento |
Siglo VI a. C. Regio (Italia) o Turios (Italia) | |
Causa de muerte | Suicidio | |
Información profesional | ||
Ocupación | Jurista y político | |
Sus leyes, que se conocen a través de la Política de Aristóteles, Estobeo y otras fuentes, tenían un talante democrático, aunque él pertenecía a la nobleza. En ellas se deja notar un particular esfuerzo en redactar normas que protegieran la familia: en la cuestión de las sucesiones, ordenaba que las propiedades de los huérfanos las administraran los parientes del padre, pero el huérfano debía ser cuidado por los de la madre, y concedía a una heredera el derecho de tomar como marido a su pariente más próximo y, en caso de que se negara, debía dotarla con quinientas dracmas; también el costo de la educación de los hijos de todos los ciudadanos debía ser sufragado por el Estado y quitaba los derechos civiles al viudo con hijos que se casaba otra vez, protegiéndolos así de las madrastras. Igualmente prohibió a los ciudadanos ir armados a las asambleas del pueblo, estableció los tribunales populares e innovó con la creación de leyes contra la calumnia, los testigos falsos y el perjurio, a todos los cuales hacía sacar a la vergüenza paseándolos con una corona de tamarisco. Según sus leyes, los comerciantes solo podían vender mercancías en el mercado y todas las ventas debían hacerse al contado, obligación que también recogerá Platón en Las leyes. En derecho penal sus castigos eran demasiado severos: entrar armado en la Asamblea valía la muerte, y el propio legislador, como cuenta Diodoro, se hizo sufrir a sí mismo tal castigo al transgredir involuntariamente la norma, suicidándose con su propia espada y sellando así sus leyes con su propia sangre. A Carondas se le atribuye además la imposición de multas por delitos como resistirse a actuar como jurado, violar un hombre libre a una esclava, robo con fractura, incendio y estragos. Castigaba al desertor con la vergüenza de exhibirse ataviado de mujer tres días en el ágora. Aristóteles tenía a Carondas como un legislador más preciso y claro que los de su propia época.
Bibliografía
editar- Jean H. Croon, Enciclopedia de la Antigüedad Clásica. Madrid: Afrodisio Aguado, 1967.