Unidad Tributaria
La Unidad Tributaria es una medida que normaliza y mantiene actualizados, año tras año, los montos especificados en las leyes tributarias y reglamentos tributarios venezolanos, los cuales son expresados en proporcionalidad directa (incluso en fracción y/o porcentaje) al valor actual de dicha Unidad Tributaria. Nació de la necesidad de ahorro de recursos materiales y humanos en la publicación al día con la inflación presente en el país,[1] producida por la devaluación de la moneda venezolana y cuyo hito histórico comenzó con el Viernes Negro en el gobierno de Luis Herrera Campíns.
Antes de la creación de la Unidad Tributaria todo aumento en los valores tributarios debía ser publicado en la Gaceta Oficial de Venezuela para que entrara en vigencia,[2] ocasionando un gran trabajo (con el consecuente gasto de dinero en tinta y papel) de imprimir cada año de nuevo las mismas leyes y reglamentos pero con la única diferencia de sus valores modificados.
El 20 de diciembre de 2017 la Asamblea Nacional Constituyente, por medio de una Ley Constitucional, crea la Unidad Tributaria Sancionatoria y publicada el día 21 en la gaceta oficial N° 41305[3] que será utilizada para determinar el monto de las multas y sanciones pecuniarias cuya base de cálculo esté prevista en Unidades Tributarias, que ahora pasa a denominarse Unidad Tributaria Ordinaria y para ser derogada deberá ser emitida otra Ley Constitucional (igual rango legal).[4][5]
El 11 de septiembre de 2018 el SENIAT, dentro de sus facultades legales, aumentó el valor de la Unidad Tributaria Ordinaria y Sancionatoria pero limitando su uso estrictamente a todo lo relacionado con ese ente, lo que ocasiona, de facto la existencia de la Unidad Tributaria Ordinaria Normal y la Unidad Tributaria Ordinaria SENIAT.[6][7]
Usos cotidianos de la unidad tributaria
editarBajo la Unidad Tributaria Ordinaria SENIAT:
- Están obligados a declarar y pagar el impuesto sobre la renta todas las personas naturales que en el ejercicio fiscal del año, percibieron un enriquecimiento superior a las 1.000 unidades tributarias (si son profesionales independientes, 1.500 unidades tributarias).[8][1]
Con el tiempo la Unidad Tributaria Ordinaria Normal adquirió mayor uso no relacionado con la Administración Aduanera y Tributaria, como por ejemplo:
- La renta de Timbre fiscal.[9][10]
- Multas y sanciones,[1] cuyos montos a partir de febrero de 2018 están calculados con base en la Unidad Tributaria Sancionatoria.[11]
- Como referencia para algunos beneficios laborales.[12]
- Para el pago de dominio de nivel superior administrado por la CONATEL.[13][Nota 1]
- Para fianzas de fiel cumplimiento,[16] en el caso de los Proveedores de Servicios de Certificación Electrónica, públicos y privados, debidamente acreditados ante SUSCERTE.[17]
- Como base para el cálculo de "Ley del Cestaticket Socialista para los Trabajadores y Trabajadoras".[18][1]
- Costo de emisión del pasaporte venezolano ante Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería:[1] 12 unidades tributarias.[Nota 2][20]
Notas
editar- ↑ El SENIAT en la Gaceta Oficial N.º 41.479 aumentó el valor de la Unidad Tributaria y a la vez la restringió como de uso exclusivo para asuntos de la Administración Tributaria. Sin embargo la renovación de dominios por parte de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones también fue igualado en dicho valor.[14][15]
- ↑ A partir de la reconversión monetaria de 2018 y el anclaje del Bolívar al Petro, el costo del pasaporte para su emisión es el equivalente a dos Petros y para la renovación un Petro.[19]
Historia legal
editarLa Unidad Tributaria se creó el 27 de mayo de 1994 con el artículo 229 del Código Orgánico Tributario (en lo sucesivo COT), publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela número 4.727 Extraordinario,[21] estableciéndose la unidad tributaria para ese entonces, a los efectos tributarios, en el monto de un mil bolívares (Bs. 1.000,00). Aquel monto es equivalente a un bolívar fuerte VEF (BsF. 1,00)[22][1] debido al Decreto número 5.229, con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reconversión Monetaria,[23] publicada en la Gaceta Oficial número 38.638 de fecha 6 de marzo de 2007[24] de donde se desprende la Resolución N.º 07-06-02[25] (21 de junio de 2007 y publicada en Gaceta Oficial[26]) del Banco Central de Venezuela en su artículo 2 y el equivalente a Bs. S. 0,00001 según las normas de reconversión monetaria dictadas en 2018.[27]
Luego de leer el COT de 1994[21] puede observarse que la Unidad Tributaria, se define como una medida de valor expresada en moneda de curso legal (actualmente, el Bolívar), creada por el COT y modificable anualmente por la Administración Tributaria (SENIAT). En la Gaceta Oficial número 37.305, publicada el 17 de octubre de 2001,[28] el nuevo COT decretado por la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela establece en el Parágrafo Tercero de su artículo 3 que:
"Por su carácter de determinación objetiva y de simple aplicación aritmética, la Administración Tributaria Nacional reajustará el valor de la Unidad Tributaria de acuerdo con lo dispuesto en este Código. En los casos de tributos que se liquiden por períodos anuales, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente durante por lo menos ciento ochenta y tres (183) días continuos del período respectivo. Para los tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente para el inicio del período."[29]
Su objetivo principal es equiparar y actualizar a la realidad inflacionaria, los montos de las bases de imposición, exenciones y sanciones, entre otros. En este sentido, el artículo 121 contenido en la SECCIÓN PRIMERA "FACULTADES, ATRIBUCIONES Y FUNCIONES GENERALES" del CAPÍTULO I "FACULTADES, ATRIBUCIONES, FUNCIONES Y DEBERES DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA" del TÍTULO IV "DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA", señala que:
"La Administración Tributaria tendrá las facultades, atribuciones y funciones que establezcan la Ley de la Administración Tributaria y demás leyes y reglamentos, y en especial:
(...Omissis...)
15. Reajustar la unidad tributaria (U.T.) dentro de los quince (15) primeros días del mes de febrero de cada año, previa opinión favorable de la Comisión Permanente de Finanzas de la Asamblea Nacional, sobre la base de la variación producida en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) en el Área Metropolitana de Caracas, del año inmediatamente anterior, publicado por el Banco Central de Venezuela. La opinión de la Comisión Permanente de Finanzas de la Asamblea Nacional, deberá ser emitida dentro de los quince (15) días continuos siguientes de solicitada."[29]
La Unidad Tributaria Sancionatoria fue aprobada por la Asamblea nacional Constituyente mediante Ley Constitucional y fue publicada en la Gaceta Oficial N°41.305 el 21 de diciembre de 2017.
[30] Está estrechamente relacionada con la Unidad Tributaria con la diferencia que se utilizará su valor para calcular los montos de sanciones y multas que están basadas en ella.[11] Su valor será establecido en las mismas condiciones por el Ejecutivo Nacional: tendrá como referencia el Índice de Precios al Consumidor[31] y será ajustada los primeros días del mes de febrero de cada año.[32] Para diferenciar ambas en el artículo 3 se renombra como Unidad Tributaria Ordinaria a la creada en 1994.[33] De manera tácita ambas Unidades tienen el mismo valor monetario en 2017 y a partir de febrero de 2018 sus valores debieron ser actualizados.[34]
En la Gaceta Oficial N°41.479 del martes 11 de septiembre de 2018 el SENIAT marcó un hito legal al limitar el aumento de la Unidad Tributaria estrictamente a las operaciones y sanciones que utiliza la Administración Tributaria, negando a los demás organismos públicos la utilización del nuevo valor, quienes deberán seguir utilizando el valor inmediatamente anterior.[6][7]
Evolución de la Unidad Tributaria Ordinaria
editarCono monetario VEB
editarVigente de 1897 hasta el 31 de diciembre de 2007.[35][36]
Año | Valor (en VEB) | % de aumento | Gaceta Oficial | Fecha |
---|---|---|---|---|
1994 | Bs. 1 000,00 | 0,00 | [21] | 4.72727/05/1994 |
1995 | Bs. 1 700,00 | 70,00 | [37] | 35.74807/07/1995 |
1996 | Bs. 2 700,00 | 58,82 | [38] | 36.00318/07/1996 |
1997 | Bs. 5 400,00 | 100,00 | [39] | 36.22004/06/1997 |
1998 | Bs. 7 400,00 | 37,04 | [40] | 36.43214/04/1998 |
1999 | Bs. 9 600,00 | 29,73 | [41] | 36.67305/04/1999 |
2000 | Bs. 11 600,00 | 20,83 | [42][43] | 36.95724/05/2000 |
2001 | Bs. 13 200,00 | 13,79 | [44][45] | 37.19410/05/2001 |
2002 | Bs. 14 800,00 | 12,12 | [46][47] | 37.39705/03/2002 |
2003 | Bs. 19 400,00 | 31,08 | [48][49] | 37.62505/02/2003 |
2004 | Bs. 24 700,00 | 27,32 | [50] | 37.87711/02/2004 |
2005 | Bs. 29 400,00 | 19,03 | [51][52] | 38.11627/01/2005 |
2006 | Bs. 33 600,00 | 14,29 | [53][54] | 38.35004/01/2006 |
2007 | Bs. 37 632,00 | 12,00 | [55][56] | 38.60312/01/2007 |
Cono monetario VEF
editarVigente del 1° de enero del 2008 hasta el 5 de diciembre del 2018,[57] 1 000 VEB equivalen a 1 VEF.[58]
Año | Valor (en VEF) | % de aumento | Gaceta Oficial | Fecha |
---|---|---|---|---|
2008[nota 1] | Bs. 46,00 | 22,24 | [60][61] | 38.85522/01/2008 |
2009 | Bs. 55,00 | 19,57 | [62][63] | 39.12726/02/2009 |
2010 | Bs. 65,00 | 18,18 | [64] | 39.36104/02/2010 |
2011 | Bs. 76,00 | 16,92 | [65][66] | 39.62324/02/2011 |
2012 | Bs. 90,00 | 18,42 | [67] | 39.86616/02/2012 |
2013 | Bs. 107,00 | 19,00 | [68] | 40.10606/02/2013 |
2014 | Bs. 127,00 | 18,60 | [69] | 40.35919/02/2014 |
2015 | Bs. 150,00 | 18,11 | [70][71] | 40.60825/02/2015 |
2016[nota 2][nota 3] | Bs. 177,00 | 18,00 | [74] | 40.84611/02/2016 |
2017 | Bs. 300,00 | 69,49 | [75] | 6.28701/03/2017 |
2018[nota 4] | Bs. 500,00 | 66,67 | [76] | 41.35101/03/2018 |
2018[nota 5] | Bs. 850,00 | 70,00 | [78] | 41.38730/04/2018 |
2018[nota 6][nota 7] | Bs. 1 200,00 | 41,17 | [81][82] | 6.38320/06/2018 |
Cono monetario VES
editarVigente desde el 20 de agosto de 2018[83] al presente, 100 000 VEF equivalen a 1 VES.[84]
Unidad Tributaria Ordinaria Normal
editarAño | Valor (en VES) | % de aumento | Gaceta Oficial | Fecha |
---|---|---|---|---|
2018[nota 8] | Bs. 0,0120 | 0% | [27] | 41.46014/08/2018[85] |
2018[nota 9] | Bs. 0,0120 | 0% | [15] | 41.47911/09/2018[86] |
Unidad Tributaria Ordinaria SENIAT
editarAño | Valor (en VES) | % de aumento | Gaceta Oficial | Fecha |
---|---|---|---|---|
2018[nota 10] | Bs. 0,0120 | 0 | [27] | 41.46014/08/2018[85] |
2018[nota 11] | Bs. 17,00 | 141.566,67 | [15] | 41.47911/09/2018[86] |
2019[nota 12] | Bs. 50,00 | 294,12 | [87] | 41.59707/03/2019[89] |
2020[nota 13] | Bs 1.500,00 | 3000 | 41.839[90] | 19/03/2020[91] |
2021[nota 14] | Bs 20.000,00 | 1,333.3 | 42.100[92] | 06/04/2021 |
Nueva Expresión Monetaria
editarVigente desde el 1º de octubre de 2021 al presente, 1 000 000 VES equivalen a 1 Bs.[93]
Año | Valor (en Bs.) | Gaceta Oficial | Fecha |
---|---|---|---|
2021[nota 15] | Bs 0,02 | 42.100[92] | 06/04/2021 |
2022 | Bs. 0,40 | 42.359[94] | 20/04/2022 |
2023 | Bs. 9.00 | 42.623[95] | 11/05/2023 |
Notas
editar- ↑ En 2008 se realizó una Reconversión Monetaria con un factor de conversión de mil[59]
- ↑ La AN había negado el aumento de la UT, pero la misma fue aumentada por el ejecutivo nacional.[72]
- ↑ TSJ declaró que recurso por alza de la Unidad Tributaria fue desistido.[73]
- ↑ Mediante Decreto Presidencial N.º 3.300 en Gaceta Oficial N.º 41.351, basado en numeral 2 del artículo 2° del Decreto N.º 3.239 (mediante el cual se declara el Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el Territorio Nacional), se facultó al SENIAT a reajustar el valor de la Unidad Tributaria (ordinaria).[76]
- ↑ Mediante Decreto Presidencial N.º 3.393 en Gaceta Oficial N.º 41.387, basado en numeral 2 del artículo 2° del Decreto N.º 3.239 (mediante el cual se declara el Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el Territorio Nacional), se facultó al SENIAT a reajustar el valor de la Unidad Tributaria (ordinaria).[77]
- ↑ Mediante Decreto Presidencial N.º 3.481 en Gaceta Oficial Extraordinario N.º 6.383, basado en numeral 2 del artículo 2° del Decreto N.º 3.413 del 10 de mayo de 2018 (Gaceta Oficial N.º 41.394 mediante el cual se declara el Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el Territorio Nacional), se facultó al SENIAT a reajustar el valor de la Unidad Tributaria (ordinaria).[79]
- ↑ Reconocimiento oficial de fe de errata.[80]
- ↑ Monto reconvertido a Bolívar Soberano según la Resolución N.º 18-07-02, emitida por el Banco Central de Venezuela, la cual dicta en el artículo 4, literal f, (sin perjuicio del artículo 3) que existe la libertad de utilizar dos o más decimales. En aras de la exactitud y justicia tanto para con la nación como para con sus contribuyentes, optamos por expresarla con cuatro decimales.[27]
- ↑ Sujeto a revisión del Poder Judicial si el SENIAT tiene facultad de impedir a otros organismos oficiales el uso de la Unidad Tributaria.[6][7]
- ↑ Monto reconvertido a Bolívar Soberano según la Resolución N.º 18-07-02, emitida por el Banco Central de Venezuela, la cual dicta en el artículo 4, literal f, (sin perjuicio del artículo 3) que existe la libertad de utilizar dos o más decimales. En aras de la exactitud y justicia tanto para con la nación como para con sus contribuyentes, optamos por expresarla con cuatro decimales.[27]
- ↑ Sujeto a revisión del Poder Judicial si el SENIAT tiene facultad de impedir a otros organismos oficiales el uso de la Unidad Tributaria.[27]
- ↑ Solamente para trámites ante el SENIAT según artículo N.º 2 de la Providencia SNAT/2019/00046[87][88]
- ↑ Solamente para trámites ante el SENIAT según artículo N.º 2 de la Providencia SNAT/2019/00046[87][88]
- ↑ Solamente para trámites ante el SENIAT según artículo N.º 2 de la Providencia SNAT/2019/00046[87][88]
- ↑ Solamente para trámites ante el SENIAT según artículo N.º 2 de la Providencia SNAT/2021/000023, Gaceta Oficial N.º 42 100.[92]
Evolución de la Unidad Tributaria Sancionatoria
editarAño | Valor de la U.T.S. | % de aumento | Gaceta Oficial | Fecha |
---|---|---|---|---|
2017 | Bs. 300,00 | No aplicable | 41.305[30] | 21/12/2017 |
2018[notas 1] | Bs. 500,00 | 66,667 | 41.351[76] | 01/03/2018 |
Notas
editar- ↑ Hasta que, de manera explícita, se decrete su valor, ambas Unidades Tributarias (Ordinaria y Sancionatoria) tienen el mismo monto;[34] por lo tanto, desde el 11 de septiembre de 2018 (y debido a la reconversión monetaria efectuada en 2018) el valor de la Unidad Tributaria Sancionatoria es de Bs. S. 17,00.[15] El 15 de febrero de 2019 el BCV anunció mediante Resolución N.º 19-02-01 la vuelta al uso de la denominación "bolívares" y su abreviatura normal "Bs.".[96][97] El jueves 7 de marzo de 2019 la Unidad Tributaria SENIAT fue aumentada a Bs. 50,00[87]
Véase también
editarReferencias
editar- ↑ a b c d e f Yucra M., Janet (3 de febrero de 2016). «UT sube anualmente desde que fue creada en 1994» (html). Diario Notitarde. Archivado desde el original el 5 de febrero de 2016. Consultado el 4 de diciembre de 2018.
- ↑ «Venezuela: resumen histórico de la Gaceta Oficial» (html). KS7000 + WP. 3 de enero de 2015. Archivado desde el original el 22 de marzo de 2018. Consultado el 4 de diciembre de 2018.
- ↑ «Ley Constitucional sobre la creación de la Unidad Tributaria Sancionatoria.». Gaceta Oficial N° 41305. 21 de diciembre de 2017.« »
- ↑ «ANC aprueba Ley sobre Unidad Tributaria Sancionatoria.». Diario Panorama. 20 de diciembre de 2017. Archivado desde el original el 26 de diciembre de 2017. Consultado el 26 de diciembre de 2017. «Este proyecto de ley fue propuesto por el presidente de la República, Nicolás Maduro, y se incluye entre las 8 leyes presentadas por el Ejecutivo a la ANC en septiembre pasado.»
- ↑ Gorrin, Dennis (20 de diciembre de 2017). «ANC aprobó Ley sobre Unidad Tributaria Sancionatoria.». Venezolana de Televisión. Archivado desde el original el 26 de diciembre de 2017. Consultado el 26 de diciembre de 2017. «En la sesión ordinaria de este miércoles, la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) aprobó el Proyecto de Ley sobre Unidad Tributaria Sancionatoria, propuesta por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro, en el conjunto de las 8 leyes para combatir la guerra económica.»
- ↑ a b c «Publican en Gaceta Oficial incremento de la Unidad Tributaria». Vicepresidencia de la República. 13 de septiembre de 2018. Archivado desde el original el 13 de septiembre de 2018. Consultado el 14 de septiembre de 2018. «Asimismo, se estableció el valor de esta unidad “no podrá ser utilizada por otros órganos y entes del poder público para la determinación de beneficios laborales o de tasas y contribuciones especiales derivados de los servicios que prestan”.»
- ↑ a b c Urbina, Elinjosimar (12 de septiembre de 2018). «En Gaceta Oficial nuevo monto de la Unidad Tributaria ajustada por el SENIAT». MINCI. Archivado desde el original el 14 de septiembre de 2018. Consultado el 14 de septiembre de 2018.
- ↑ «El Impuesto Sobre la Renta (ISLR) y su aplicación en Venezuela». Archivado desde el original el 7 de febrero de 2016. Consultado el 4 de febrero de 2016.
- ↑ «LEY DE REFORMA PARCIAL DEL DECRETO No 363 CON FUERZA Y RANGO DE LEY DE TIMBRE FISCAL» (pdf). CNAC. 23 de junio de 2008. Archivado desde el original el 14 de septiembre de 2018. Consultado el 14 de septiembre de 2018.
- ↑ «"La Unidad Tributaria en Venezuela y su función de corrección monetaria fiscal" Hernádez, Mariel y Maya, Francisco, Contadores Públicos.». Archivado desde el original el 4 de marzo de 2016. Consultado el 27 de octubre de 2015.
- ↑ a b «ANC de Venezuela aprueba Ley de Unidad Tributaria Sancionatoria». Telesur. 20 de diciembre de 2017. Archivado desde el original el 26 de diciembre de 2017. Consultado el 26 de diciembre de 2017. «La normativa consta de seis artículos y la Unidad Tributaria (UT) será definida con carácter especial, aplicada solo determinar las multas y sanciones para quienes violen la ley.»
- ↑ Artículo 5° "Ley de Alimentación para los Trabajadores y las Trabajadoras" publicado en línea por la "Fundación Programa de Alimentos Estratégicos", Ministerio del Poder Popular para la Alimentación
- ↑ "Reajuste de la Unidad Tributaria 2015" [1]
- ↑ «Pasos para solicitudes del NIC.VE» (html). NIC. Archivado desde el original el 21 de noviembre de 2018. Consultado el 21 de noviembre de 2018. «El pago por registros o renovación de su nombre de dominio tiene un costo de 1 unidad tributaria (1U.T.) cuyo valor actual se de Diecisiete Bolívares Soberanos (BsS. 17) (sic)».
- ↑ a b c d «Gaceta Oficial (...) Número 41.479» (pdf). KS7000. 11 de septiembre de 2018. Archivado desde el original el 21 de noviembre de 2018. Consultado el 21 de noviembre de 2018.
- ↑ Gaceta Oficial N.º 40.784 del lunes 9 de noviembre de 2015[2]
- ↑ Superintendencia de Servicios de Certificación Electrónica [3] Archivado el 23 de noviembre de 2015 en Wayback Machine. ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria,Ciencia y Tecnología
- ↑ Gaceta Oficial N.º 40.7773 del viernes 23 de octubre de 2015.
- ↑ «Sacar el pasaporte saldrá en Bs.S 18.000» (html). Diario Últimas Noticias. 4 de diciembre de 2018. Archivado desde el original el 4 de diciembre de 2018. Consultado el 4 de diciembre de 2018. «El costo de los pasaportes emitidos tendrá un valor de 18.000 bolívares soberanos, equivalente a dos petros, tras el aumento de la criptomoneda nacional el pasado 30 de noviembre. La emisión de la prórroga del pasaporte, el cual extiende su vigencia por dos años más, continuará con un valor de un petro, a razón de Bs.S 9.000, informó el Ministerio para Relaciones Interiores, Justicia y Paz en nota de prensa.»
- ↑ Costo del pasaporte se ajusta a la nueva unidad tributaria vigente
- ↑ a b c «Gaceta Oficial de la República de Venezuela número 4.727 Extraordinario». Archivado desde el original el 8 de diciembre de 2015. Consultado el 30 de diciembre de 2012.
- ↑ Nuevo Código ISO del bolívar será VEF
- ↑ «Web oficial de la Reconversión Monetaria». Archivado desde el original el 11 de julio de 2007. Consultado el 27 de octubre de 2015.
- ↑ «Reconversión Monetaria». Archivado desde el original el 18 de diciembre de 2012. Consultado el 30 de diciembre de 2012.
- ↑ «"Normas que rigen la reexpresión monetaria y el redondeo"». Archivado desde el original el 23 de noviembre de 2015. Consultado el 27 de octubre de 2015.
- ↑ N.º 38.711 del 22 de junio de 2007
- ↑ a b c d e f «Gaceta Oficial N.º 41460 "Resolución mediante la cual se dictan las Normas que rigen el Proceso de Reconversión Monetaria"» (pdf). KS7000 + WP. 14 de agosto de 2018. Archivado desde el original el 17 de agosto de 2018. Consultado el 21 de agosto de 2018.
- ↑ «AÑO CXXVII MES V -- Caracas, miércoles 17 de octubre de 2001 -- Número 37.305 Ley N.º 42. Código Orgánico Tributario.» (html). Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela. 17 de octubre de 2001. Consultado el 26 de junio de 2018.
- ↑ a b Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 37.305
- ↑ a b «Gaceta Oficial N.º 41.305: Ley Constitucional sobre la creación de la Unidad Tributaria Sancionatoria». Finanzas Digital, noticias de economía y finanzas. 24 de diciembre de 2017. Archivado desde el original el 24 de diciembre de 2017. Consultado el 26 de diciembre de 2017. «En Gaceta Oficial N.º 41.305 de fecha 21 de diciembre de 2017, fue publicada la Ley Constitucional sancionada por la Asamblea Nacional Constituyente, donde se crea la Unidad Tributaria Sancionatoria que será utilizada para determinar el monto de las multas y sanciones pecuniarias.»
- ↑ «ANC aprueba Ley sobre Unidad Tributaria Sancionatoria.». Diario El Carabobeño. 20 de diciembre de 2017. Consultado el 26 de diciembre de 2017. «La Asamblea Nacional Constituyente (ANC) aprobó este miércoles la Ley sobre Unidad Tributaria Sancionatoria, cuyo valor tomará como referencia la variación de precios al consumidor del Área Metropolitana de Caracas.»
- ↑ «ANC aprobó creación de la Unidad Tributaria Sancionatoria». Diario El Universal. 20 de diciembre de 2017. Archivado desde el original el 21 de diciembre de 2017. Consultado el 26 de diciembre de 2017. «La Unidad Tributaria Sancionatoria será ajustada por el Ejecutivo Nacional durante los primeros días del mes de febrero».
- ↑ «Unidad Tributaria Sancionatoria será reajustada en febrero de cada año». Diario El Estímulo (Iguana Blue Producciones, C.A.). 25 de diciembre de 2017. Archivado desde el original el 26 de diciembre de 2017. Consultado el 26 de diciembre de 2017. «Igualmente se establece que será competencia del Ejecutivo nacional determinar su valor al igual que la unidad tributaria ordinaria que se incrementa todos los años.»
- ↑ a b Cabello Rondón, José David (9 de abril de 2018). «EL VALOR DE LA UT PARA DECLARACIÓN Y PAGO DE ISLR ES DE BS 300 Y PARA APLICACIÓN DE MULTAS SERÁ DE BS 500» (html). SENIAT. Archivado desde el original el 10 de abril de 2018. Consultado el 10 de abril de 2018. «El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) recuerda a los contribuyentes que están en proceso de declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) que, si bien es cierto que el valor de la unidad tributaria para declarar el ejercicio fiscal del año 2017 es de 300 bolívares, dado que ese era su valor nominal para dicho año, también es cierto que el valor de la unidad tributaria para los casos en que haya que aplicar sanciones y/o multas es de 500 bolívares.»
- ↑ http://www.venelogia.com/archivos/5193
- ↑ «Decreto Nº 5.229, con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reconversión Monetaria.». Gaceta Oficial N° 38638. 6 de marzo de 2007.« »
- ↑ Gaceta Oficial de la República de Venezuela número 35.748
- ↑ Gaceta Oficial de la República de Venezuela número 36.003
- ↑ Gaceta Oficial de la República de Venezuela número 36.220
- ↑ Gaceta Oficial de la República de Venezuela número 36.432
- ↑ Gaceta Oficial de la República de Venezuela número 36.673
- ↑ «Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 36.957». Archivado desde el original el 23 de noviembre de 2015. Consultado el 30 de diciembre de 2012.
- ↑ Tribunal Supremo de justicia, Gaceta Oficial N.º 36.957
- ↑ «Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 37.194». Archivado desde el original el 18 de diciembre de 2012. Consultado el 30 de diciembre de 2012.
- ↑ Tribunal Supremo de justicia, Gaceta Oficial N.º 37.194
- ↑ «Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 37.397». Archivado desde el original el 23 de noviembre de 2015. Consultado el 30 de diciembre de 2012.
- ↑ Tribunal Supremo de justicia, Gaceta Oficial N.º 37.397
- ↑ «Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 37.625». Archivado desde el original el 23 de noviembre de 2015. Consultado el 30 de diciembre de 2012.
- ↑ Tribunal Supremo de justicia, Gaceta Oficial N.º 37.625
- ↑ Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 37.877
- ↑ «Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 38.116». Archivado desde el original el 23 de noviembre de 2015. Consultado el 30 de diciembre de 2012.
- ↑ Tribunal Supremo de justicia, Gaceta Oficial N.º 38.116
- ↑ «Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 38.350». Archivado desde el original el 23 de noviembre de 2015. Consultado el 30 de diciembre de 2012.
- ↑ Tribunal Supremo de justicia, Gaceta Oficial N.º 38.350
- ↑ «Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 38.603». Archivado desde el original el 4 de noviembre de 2014. Consultado el 30 de diciembre de 2012.
- ↑ Tribunal Supremo de justicia, Gaceta Oficial N.º 38.603
- ↑ http://www.eluniversal.com/economia/27136/el-bolivar-fuerte-perdera-vigencia-el-miercoles-5-de-diciembre
- ↑ https://www.venelogia.com/archivos/5193/
- ↑ «Banco Central De Venezuela Resolución N.º 07-06-02 Normas Que Rigen La Reexpresión Monetaria Y El Redondeo» (pdf). Banco Central de Venezuela. Archivado desde el original el 23 de noviembre de 2015. Consultado el 14 de mayo de 2018.
- ↑ «Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 38.855». Archivado desde el original el 23 de noviembre de 2015. Consultado el 30 de diciembre de 2012.
- ↑ Tribunal Supremo de Justicia, Gaceta Oficial N.º 38.855
- ↑ «Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 39.127». Archivado desde el original el 23 de noviembre de 2015. Consultado el 30 de diciembre de 2012.
- ↑ Tribunal Supremo de justicia, Gaceta Oficial N.º 39.127
- ↑ «Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 39.361». Archivado desde el original el 8 de diciembre de 2015. Consultado el 30 de diciembre de 2012.
- ↑ «Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 39.623». Archivado desde el original el 23 de noviembre de 2015. Consultado el 30 de diciembre de 2012.
- ↑ Tribunal Supremo de justicia, Gaceta Oficial N.º 39.623, en formato PDF
- ↑ «Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 39.866». Archivado desde el original el 28 de febrero de 2013. Consultado el 30 de diciembre de 2012.
- ↑ Tribunal Supremo de justicia, Gaceta Oficial N.º 40.106, en formato PDF
- ↑ Tribunal Supremo de justicia, Gaceta Oficial N.º 40.359, en formato PDF
- ↑ Tribunal Supremo de justicia, Gaceta Oficial N.º 40.608, en formato PDF
- ↑ «Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 40.608». Archivado desde el original el 29 de mayo de 2015. Consultado el 29 de mayo de 2015.
- ↑ AN niega aumento de Unidad Tributaria sugerido por el Seniat Archivado el 8 de abril de 2016 en Wayback Machine., 3 de febrero de 2016
- ↑ «TSJ declaró que recurso por alza de la Unidad Tributaria fue desistido» (html). Globovisión. 5 de agosto de 2016. Archivado desde el original el 7 de agosto de 2016. Consultado el 5 de marzo de 2018. «Indica la decisión 848/2016 publicada este jueves, con ponencia de la magistrada Eulalia Coromoto Guerrero Rivero, que en el presente caso venció el lapso previsto en el artículo 81 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa para retirar el cartel de emplazamiento sin que los accionantes lo hicieran.»
- ↑ Gaceta Oficial N.º 40.846 del 11 de febrero de 2016
- ↑ «Gaceta N.º 6287» (pdf). Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela. 24 de febrero de 2017. Consultado el 26 de junio de 2018. «Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas SENIAT Providencia mediante la cual se reajusta la Unidad Tributaria de ciento setenta y siete bolívares (Bs. 177,00) a trescientos bolívares (Bs. 300,00).»
- ↑ a b c Cabello Rondón, José David (1 de marzo de 2018). «Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Número 41.351» (pdf). Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela. Consultado el 5 de marzo de 2018. «Artículo 1o. Se reajusta la Unidad Tributaria de TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 300,00) a QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 500,00).»
- ↑ «Decreto N.º 3.393, mediante el cual se faculta al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) para reajustar la Unidad Tributaria (U.T.), con base a los análisis técnicos correspondientes.». KS7000 + WP. Archivado desde el original el 14 de mayo de 2018. Consultado el 14 de mayo de 2018.
- ↑ «http://historico.tsj.gob.ve/gaceta/abril/3042018/3042018-5219.pdf».
- ↑ «Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela AÑO CXLV - MES IX Caracas, miércoles 20 de junio de 2018 N.º 6.383 Extraordinario» (pdf). KS7000 + WP. 26 de junio de 2018. Archivado desde el original el 26 de junio de 2018. Consultado el 26 de junio de 2018. «Decreto N.º 3.481, mediante el cual se faculta al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) para reajustar la Unidad Tributaria (U.T.), con base a los análisis técnicos que correspondan.»
- ↑ «El valor de la Unidad Tributaria es de mil 200 Bolívares Fuertes» (html). SENIAT. 22 de junio de 2018. Archivado desde el original el 15 de julio de 2018. Consultado el 15 de julio de 2018. «En esta oportunidad la U.T pasó de costar ochocientos cincuenta bolívares (850,00 bs), a tener un valor de mil doscientos bolívares fuertes (1.200,00 Bs), y este es el monto absoluto de la Unidad Tributaria y no el de un millón doscientos mil bolívares fuertes (1.200.000,00 Bs) que por error de imprenta fue publicado en la Gaceta Oficial N.º 41.423 del día 20 de junio del año en curso.»
- ↑ «Gaceta N.º 6383» (pdf). Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela. 20 de junio de 2018. Consultado el 26 de junio de 2018. «Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas SENIAT Providencia mediante la cual se reajusta la Unidad Tributaria de ochocientos cincuenta Bolívares (Bs. 850,00) a un mil doscientos Bolívares (Bs. 1.200,00).»
- ↑ María Llovera, Nancy Aguirre (26 de junio de 2018). «6 respuestas a las dudas sobre el Aumento del Salario Mínimo y el Ajuste de la Unidad Tributaria en Junio 2018» (html). Nayma Consult. Archivado desde el original el 26 de junio de 2018. Consultado el 26 de junio de 2018. «¿Cuál Gaceta Oficial debo usar? Debes tomar tus decisiones con base en GACETA OFICIAL EXTRAORDINARIA 6.383 del 20 Junio de 2018 porque en esta se encuentran publicados: Decreto N.º 3.478 – Aumento de Salario Mínimo Providencia Administrativa SNAT/2018/0120 – Ajuste del Valor de la Unidad Tributaria».
- ↑ «Copia archivada». Archivado desde el original el 6 de marzo de 2019. Consultado el 5 de marzo de 2019.
- ↑ https://elpais.com/internacional/2018/08/20/america/1534787286_014183.html
- ↑ a b «Gaceta N.º 41460 Resolución mediante la cual se dictan las Normas que rigen el Proceso de Reconversión Monetaria.» (pdf). Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela. 14 de agosto de 2018. Consultado el 22 de agosto de 2018.
- ↑ a b «Gaceta Oficial N.º 41.479 11 de septiembre de 2018.». Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela. 12 de septiembre de 2018. Consultado el 11 de septiembre de 2018.
- ↑ a b c d e «Gaceta Oficial (...) Número 41.597» (pdf). KS7000. 7 de marzo de 2019. Archivado desde el original el 18 de marzo de 2019. Consultado el 18 de marzo de 2019.
- ↑ a b c «REAJUSTE DE UNIDAD TRIBUTARIA A BS.S 50 ES PARA TRÁMITES DEL SENIAT (sic)» (html). SENIAT. 18 de marzo de 2019. Archivado desde el original el 1 de mayo de 2019. Consultado el 24 de mayo de 2019. «En este sentido, el reajuste de la Unidad Tributaria únicamente aplicará como medida para los trámites llevados a cabo por el organismo aduanero y tributario.»
- ↑ «Gaceta Oficial N.º 41.597 jueves 7 de marzo de 2019» (pdf). Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela. 7 de marzo de 2019. Consultado el 20 de marzo de 2019. «Providencia mediante la cual se reajusta la Unidad Tributaria de Diecisiete Bolívares (Bs. 17,00) a Cincuenta Bolívares (Bs. 50,00).»
- ↑ «Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas SENIAT Providencia mediante la cual se reajusta la Unidad Tributaria de cincuenta Bolívares (Bs. 50,00) a un mil quinientos Bolívares (Bs. 1.500,00).». Gaceta Oficial N° 41.839. 13 de marzo de 2020.« »
- ↑ «Reajustan el valor de la Unidad Tributaria de Bs. 50 a Bs. 1.500». 19 de marzo de 2020.« El 13 de marzo de 2020 fue publicada en Gaceta Oficial N° 41.839 la Resolución SNAT/2020/00006 emitida por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). »
- ↑ a b c «Providencia mediante la cual se reajusta el valor de la Unidad Tributaria de Mil Quinientos Bolívares (Bs. 1.500,00) a Veinte Mil Bolívares (Bs. 20.000,00).» (pdf). SENIAT. 6 de abril de 2021. Archivado desde el original el 7 de abril de 2021. Consultado el 16 de octubre de 2021. «Artículo 2°. El valor de la Unidad Tributaria establecido en esta Providencia Administrativa sólo (sic) podrá ser utilizado como Unidad de Medida para la determinación de los Tributos Nacionales cuya recaudación y control sean de la competencia del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, no pudiendo ser utilizada por otros órganos y entes del poder público para la determinación de beneficios laborales o de tasas y contribuciones especiales derivados de los servicios que prestan.»
- ↑ Nueva Expresión Monetaria, Banco Central de Venezuela.
- ↑ «Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo, Resolución mediante la cual se designa a la ciudadana Ada Carolina Fernández Urdaneta, como Consultora Jurídica, de este Ministerio.». Gaceta Oficial N° 42.359. 20 de abril de 2022.
- ↑ «El Seniat reajustó la Unidad Tributaria de Bs. 0,4 a Bs. 9, equivalente a un alza de 2.150%». Banca y Negocios. 11 de mayo de 2023. «Gaceta oficial N° 42.623».
- ↑ «Gaceta Oficial N.º 41.587» (pdf). Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela. 15 de febrero de 2019. p. 17. Archivado desde el original el 7 de marzo de 2019. Consultado el 22 de febrero de 2019. «Resolución mediante la cual se establece el cese de la obligación de doble expresión de los precios los bienes y servicios en el marco del proceso reconversión monetaria.»
- ↑ «Gaceta Oficial N.º 41.587» (pdf). 15 de febrero de 2019. p. 17. Archivado desde el original el 22 de febrero de 2019. Consultado el 22 de febrero de 2019. «Resolución mediante la cual se establece el cese de la obligación de doble expresión de los precios los bienes y servicios en el marco del proceso reconversión monetaria.»
Enlaces externos
editar- "Hablemos de: Unidad Tributaria. Una fuente de distorsión sobre el sistema tributario venezolano", ponencia de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela en su canal oficial en YouTube .
- Página web del Banco Central de Venezuela.
- Página web del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT)
- Código Orgánico Tributario vigente
- Ley de Timbre Fiscal publicado en línea por el Ministerio del Poder Popular para la Salud.
- Página web de la Superintendencia de Servicios de Certificación Electrónica
- Unidad Tributaria Sancionatoria ¿Una nueva UT?